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17
JUL
2015

Fumador pasivo.(Parte 3)

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Legislación Mundial.

En España en locales de hostelería que tengan menos de 100 metros cuadrados sus responsables deben decidir si se permite o no fumar en su interior y anunciarlo mediante un cartel en la entrada del mismo. Se ha criticado duramente la medida española, pues solo un bajo porcentaje de estos establecimientos se declararon no fumadores, y algunas comunidades  autónomas como Madrid, Valencia y Castilla y Leon no aplican la ley correctamente. Solo en Madrid el Partido de los No Fumadores ha presentado 1100 denuncias por infracciones de la ley antitabaco, sin embargo, no se ha realizado inspección ni sanción alguna contra los locales en los que sigue permitiendo fumar. En la Ciudad de México ya no se podrá fumar en restaurantes, oficinas, bares, industrias, cines, escuelas, auditorios y hospitales, salvo que tengan terrazas. La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) de la Secretaria de Salud aseguró en un comunicado que queda prohibido fumar en espacios públicos cerrados: edificios públicos (federales, estatales y municipales), restaurantes, bares y discotecas.

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